11 de enero de 2012

Visa para los Derechos : El Factor Género en la Inmigración.

Desde la perspectiva del desarrollo humano, la capacidad de desplazarse es una dimensión de la libertad que forma parte del desarrollo. Así, la migración voluntaria se presenta como un medio para el desarrollo de las capacidades de las personas. Pero la migración tiene otras caras. A menudo la decisión de migrar se debe a la limitación de oportunidades y a la violación de los derechos fundamentales de las personas en los países de origen: Derecho al empleo y a una remuneración digna, a la salud y la educación, a la protección contra la discriminación y la violencia de género, etc. Por tanto el fenómeno puede leerse como una restricción de la libertad. Esto evidencia que el equilibrio y moderación de los flujos migratorios sólo podrá darse a través de la reducción de las desigualdades entre las zonas de origen y destino.

Según el Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía, CELADE, el número de migrantes de América Latina y el Caribe se incrementó notablemente en los últimos años, llegando a poco más de 21 millones en 2000 y a casi 25 millones de personas en 2005. Estas cifras representan el 13% de los migrantes internacionales en el mundo, e indican que cerca del 4% de la población de la región es emigrante, aunque algunas naciones caribeñas tienen más de un 20% de su población en el exterior. Según la Cepal, Estados Unidos es el destino preferente de la mayoría de los emigrantes de la región, y a la fecha alberga a 18 millones, más de la mitad del total de personas que han emigrado a ese país.

Entender el fenómeno de la migración desde un enfoque de género consiste en asumir que las relaciones de género tienen un efecto directo en quienes migran, en por qué y en cómo lo hacen y en las diferentes posibilidades que encuentran en el lugar de destino mujeres y hombres. Los procesos migratorios tienen la capacidad de modificar los roles de género, especialmente en el caso de las mujeres migrantes que se convierten en proveedoras económicas del hogar y adquieren mayor autonomía. Pero al mismo tiempo, la división sexual del trabajo hace que las mujeres ocupen empleos tradicionales en los países de destino, perpetuando así su condición de género. La pregunta ahora es ¿hasta qué punto el fenómeno de la migración transforma las relaciones de género y reduce o profundiza las desigualdades?

Varios estudios señalan que desde 1960 se han producido varios cambios en la tendencia global migratoria, que han dado lugar a la "feminización de la migración". Así, el porcentaje de mujeres migrantes en América Latina pasó del 44,7% en 1960 al 50,5% en el año 2000 (CELADE, 2003). Pero además del aumento del número de mujeres migrantes, se han producido otras variaciones en los patrones migratorios de gran trascendencia: el aumento sostenido en la proporción de mujeres que migran de forma independiente en búsqueda de empleo, en vez de hacerlo como "dependientes familiares" que viajan con sus esposos o se reunifican con ellos en el exterior, y que asumen el rol de proveedoras económicas (INSTRAW, 2008).

En general, hombres y mujeres abandonan sus países en busca de mejores condiciones económicas que amplíen las oportunidades de desarrollo para sí y sus familias. Sin embargo, detrás de la migración femenina aguardan otras causas no monetarias, como la discriminación por razones de género, que pueden influir directa o indirectamente en la decisión de las mujeres. Así, las disparidades en el acceso a la educación, la salud, el empleo y salarios dignos, la violencia de género, el control de la sexualidad, etc. son algunas de las causas que desencadenan la migración femenina. Además, las familias a menudo deciden apoyar la migración de la mujer en base a la experiencia de que las mujeres están dispuestas a realizar mayores sacrificios personales que los hombres para garantizar el bienestar familiar, remiten una mayor proporción de sus ingresos, gastan menos en sí mismas y aceptan peores condiciones de vida.

Las condiciones laborales de mujeres y hombres en los países de destino también muestran diferencias en base al género, que actúan como principio organizador del mercado laboral, reproduciendo y reforzando los roles tradicionales. Mientras los hombres predominan en el sector de la agricultura y la construcción, las mujeres presentan mayor concentración laboral en los servicios personales, como trabajo doméstico, cuidado de niños y ancianos, y trabajo sexual. Se calcula que en Francia, Italia y España la proporción de mujeres migrantes que trabajan como domésticas supera el 50%. Además, los sectores feminizados son especialmente proclives a la irregularidad, baja remuneración, flexibilidad, escaso reconocimiento social e insuficiente protección legal (INSTRAW, 2008).

Otra fuente de desigualdad de género en el empleo, es la que deviene de la situación legal de las mujeres. Generalmente, la proporción de mujeres trabajadoras en condición irregular es mayor que la de hombres, debido a que los países receptores suelen asignar sus cuotas de reclutamiento a sectores de empleo mayoritariamente masculino, marginando a los sectores con mayor demanda de mano de obra femenina, y porque son precisamente estos sectores los más precarios y desregularizados. Además, las leyes migratorias tienden a privilegiar a los hombres en la asignación de permisos de residencia, de forma que muchas migrantes calificadas ingresan a los países de destino como dependientes de sus maridos, lo que limita sus posibilidades de obtener permiso de trabajo o residencia (INSTRAW, 2008).

El aumento de las restricciones legales a la migración en los países de destino genera una serie de riesgos para el bienestar de las personas y especialmente de las mujeres. Las crecientes dificultades para ingresar al país de destino exponen a las mujeres a riesgos específicos durante el viaje migratorio, como la violencia sexual o física por parte de transportistas, compañeros de viaje o guardias en las fronteras, o la explotación sexual comercial. Y la irregularidad y la discriminación alimentan la espiral de vulnerabilidad respecto a la protección social del país del destino, a la que no pueden acceder por miedo a ser deportadas.

Hace unos días, el Instituto de la Mujer de México pidió la derogación del artículo 93 de la Ley de Migración, que permite que sus parejas las acusen penalmente ante el Instituto Nacional de Migración por comisión de delitos, cuando ellas se atreven a denunciar que son víctimas de violencia. La feminización de la inmigración debería tener un efecto de acción positiva para asegurar los derechos de las mujeres inmigrantes y sus hijos, así como garantizar su protección y seguridad; por otro lado, es necesario coordinar esfuerzos entre los países involucrados en los fenómenos migratorios para acelerar la regularización de los inmigrantes ilegales y su incorporación rápida a la nueva sociedad, así como también es importante sensibilizar a la población de países receptores respecto a la realidad de la inmigración como una decisión compulsiva, basada en la necesidad y asumida con riesgo. El surgimiento de la mujer inmigrante como proveedora y sostenedora financiera de personas en su país de origen, también es un factor a considerar a la hora de agilizar los procesos de residencia y ciudadanía.

http://nasreenamina1.wordpress.com/
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